El
proceso de crecimiento y complejidad experimentado por la sociedad, las
ciencias administrativas, la tecnología y el mercado contrastan con la rigidez
de la República y el Estado. Esta realidad parece haber ganado la apuesta al
pensamiento político del siglo xxi, el cual ha sido incapaz de sugerir una
repuesta a dicho dilema.
La República conforme a la teoría fundacional, es un sistema político basado en el
imperio de la ley, y sobre todo el
principio de la igualdad ante ella. Pero, debe seguir siendo la ley el centro,
la razón de ser y el objeto de estudio de la República
Hacia donde debe erigirse, y evolucionar la República como sistema político? Sigue
siendo válido la definición subjetiva de la República como sistema político?
Qué
tal si observamos a la República desde una perspectiva ciudadana, distinta, por demás?
Pues
bien, es justo reconocer que es a partir de la segunda guerra mundial que crece el
esfuerzo, sistematizado, de un concierto de países, en el marco de entidades
multilaterales, como es el caso de las naciones unidas, en torno a qué hacer en
favor de millones de ciudadanos viviendo, si vale el término, en situación de pobreza,
e indigencia social, ante la mirada indiferente de la Republica, el Estado y,
su matriz gerencial, el gobierno.
Los
189 países integrantes de las Naciones Unidas, reunidos en el año 2000,
lograron definir y fijar los objetivos del milenio, en el contexto de un
programa centrado en el desarrollo humano, que por vez primera colocaba en el
centro de la agenda mundial, sino al ciudadano, a su condición de pobreza e indigencia
social, algo loable y significativo a todas luces.
Si
bien es cierto que este hecho representa un salto, una ruptura, respecto a
siglos de olvido, a favor del ciudadano
que había sido visto como una pieza utilitaria y marginal, no es menos cierto
que fue incompleto y que nos queda el legado, compromisario, de articular los
cambios que ha de experimentar la visión y misión de la República, el Estado y
el gobierno de cara a resarcir al
ciudadano Poder y rector del estadio y estado de cosas en su favor.
Sin
embargo, hay que inferir que este hecho histórico ha de servir en tanto ser útil a la evolución de la teoría,
moderna, de la República.
Y
siendo el ciudadano la figura rectora, a la vez que encarna y representa el
sistema decisional, quien a su vez ejerce el sufragio y es el depositario,
objeto, de los derechos humanos, sociales, jurídicos, y políticos, trasciende
repensar su lugar en la nueva estructura funcional de poderes del Estado. Es importante
destacar que, por igual, en el es que recae el derecho a escoger y designar a
los gobernantes, aunque un tanto sesgado y distorsionado por los sistemas administrativos
electorales y jurídicos.
El
ciudadano, visto desde la perspectiva función electoral, y de quien es el actor
principal, es la matriz y raíz posterior de la legitimidad y la soberanía del
sistema político de la República.
Sin
embargo, hay que decir en honor a la realidad que el ciudadano ejerce a media
estos derechos y prerrogativas, aun consagradas de la constitución y las leyes,
por lo que se requiere de establecer mecanismos y políticas de tipo
instrumental que erijan, garanticen y conforten el poder real del ciudadano
previo, durante y posterior a su dilatado ejercicio y voluntad expresada en
cada caso en que lo manifieste el modelo.
El
estadio y el estado del deterioro, progresivo, del poder ciudadano no ha tenido
limites en la historia, aunque bien es cierto que ha habido pausa y
pretensiones de dar y otorgar, en tanto concentrar y erigir, de manera real, jurídica,
política y sistémica, la naturaleza, el ámbito, y las funciones y alcance del
poder ciudadano. Esto implica una revisión doctrinal e ideológica de la teoría de
la ciudadanía y el principio de la soberanía popular.
Hemos
llegado a la conclusión de sugerir, a la vez que reclamar, erigir y dar rango
constitucional al Poder Ciudadano en el contexto de las políticas públicas de
reforma y modernización de la República, y el propio Estado.
El
Poder Ciudadano, como parte fundamental de la nueva estructura función de
Poderes del Estado, estará compelido a garantizar los derechos civiles,
humanos, políticos, jurídicos, patrimoniales, financieros, y crediticios, entre otros, a la vez que garantizar y centrar
por vez primera la soberanía, real, ciudadana
en el contexto de la legitimización del ciudadano como eje transversal del sistema
político de la República del Estado, del gobierno, de los partidos y la
democracia en su conjunto.
El
Poder Ciudadano, habría que entenderlo como la entidad rectora y central del
sistema de ciudadanía, la soberanía ciudadana (popular), el debido proceso
ciudadano, el referéndum revocatorio, y el sistema de los derechos sociales,
humanos, políticos, jurídicos, financieros, crediticios y patrimoniales del
ciudadano, entre otros. Quien (?) ha de encarnar y representar, y como escoger
a quien ejerza y presida el Poder Ciudadano, ..es una tarea de y para una próxima entrega.
Nos
queda, por igual abordar, el Poder Contralor, el Poder Político y el Poder
Municipal en el contexto de la teoría de la democracia triangula, del programa de reforma y moderación del
sistema político de la República y el Estado. Un nuevo modelo de gobierno, está
en agenda, por igual.
Miguel
Angel Severino Rodríguez
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