lunes, 16 de junio de 2014

Funciones y tareas del Senador



El Estado

La teoría de la separación de poderes, o división de poderes, constituye el fundamento doctrinal y filosófico que erige la facultad, órganos, estructura, ordenación y distribución de las tareas y funciones del Estado moderno en el contexto del sistema político de la República.

Esta perspectiva define, por igual, las funciones, y poderes, entramado triangular, del Estado; poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial, actores institucionales del gobierno al más alto nivel. Esta configuración, sin evolucionar en el tiempo, viene dada desde los orígenes del Estado moderno en la Inglaterra del siglo xvii a la vez que inspira a los forjadores de la independencia de los Estados Unidos, siglo xviii.  

El Poder Legislativo lo ejerce, conforme lo establece la Constitución de la República, en nombre del pueblo el Congreso Nacional, integrado, este, por el Senado de la República y la Cámara de Diputados.

El Congreso Nacional

Conforme a la teoría política el Congreso de la República cumple, entre otras, las siguientes funciones a saber:

I Función Constituyente

Aquella que tiene que ver con reformar la Constitución Política, a través de Actos Legislativos.

II Función Legislativa

Se encarga de elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los ramos de la Legislación. Crear los impuestos, tributos o contribuciones en tanto determinar el modo de su recaudación e inversión.

III Función de Control Político

Permite requerir y emplazar a los Ministros y demás autoridades, y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de censura y la moción de observación pueden ser algunas de las conclusiones de la responsabilidad política.

IV Función Judicial

Permite juzgar, de manera excepcional, a los funcionarios del Estado por responsabilidad política.

V Función Electoral

Para elegir los Magistrados de las altas Cortes, la Cámara de Cuentas, la JCE, el Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta.

VI Función Administrativa

Esta permite establecer la organización y funcionamiento del Congreso.

VII Función de Control Público

Procura emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rinda declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.


VIII Función de Protocolo

Y, recibir a Jefes de Estado o de Gobiernos de otras Naciones.

En sentido general compete al Estado la responsabilidad de crear un clima, ambiente, en tanto modelar un sistema productico, costosiano, centrado en la generación de riquezas, divisas, ingresos y empleos productivos.

Justo, en este contexto entra a juego el Congreso para crear el marco jurídico para definir, proteger, y regular la propiedad privada,  el comercio, la banca, y cada uno de los sectores productivos, así como el mercado interno y sus vínculos con el mercado internacional.

 Este marco jurídico del mercado, en sentido amplio, permite al aparato productivo nacional; la agropecuaria, la industria, el comercio, y los sectores entramados a la generación de bienes servicios, crear las condiciones para generar riquezas, divisas, ingresos y empleos productivos.

Ahora bien con miras a generar trabajo el mercado nos lleva a analiza dos premisas a saber.

Primera premisa, teoría de la temporalidad.

El hombre es temporal, por lo requiere satisfacer un conjunto de necesidades para una vida de calidad. Estas necesidades bien son, entre otras no menos importantes, la de comer, vestir, salud, educación, vivienda, procrear, y recreación.

Segunda premisa, teoría de la riqueza.

En el contexto de la teoría y el modelo productivo costosiano riqueza es el conjunto de  bienes y servicios destinados a satisfacer las necesidades humanas y sociales del hombre.  Ahora bien, como satisfacer las necesidades humanas y sociales del ciudadano?

Generando riquezas, bienes y servicios.

Y quienes generan riquezas, bienes y servicios? La empresa y el empleo productivo.

El Senador

En el contexto del Congreso vamos a recrear las funciones y tareas, muy, propias del Senador, tal vez dejadas en el olvido o desdibujadas por el desliz moral e institucional de vida ciudadana, republicana, democrática, y política partidarista.

Conviene poner en contexto, para los fines de ver al Senador en sus tareas y funciones, que el objeto de la Republica, el Estado y el gobierno lo es en particular el ciudadano y la misión de estos lo constituye el bienestar general del ciudadano.

Y  generar bienestar en favor  y para provecho del ciudadano?

Muy simple. Veamos.

Rol de Senador

Si bien es cierto que compete al Congreso crear las leyes que requiere y demanda el estadio del desarrollo; no es menos cierto que es responsabilidad del senador conocer, y estudiar, a fondo, la problemática que afecta o no a las entidades entramadas a las cadenas de valor del territorio.

Una de las funciones que mas impacta en el mercado la tiene el  Senador  y es la de establecer los impuestos, tributos o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión. Esta función es de vital importancia no solo para las finanzas públicas, sino que es vital para influir y modelar el desarrollo. La política fiscal bien puede proteger e influir de manera positiva en la industria, el aparato productivo, la banca y  todo el sector que integra el mercado nacional y el mercado foráneo con el que nos vinculamos vía las cadenas de exportación y la importación.

El capital de trabajo de las empresas y todo el sector productivo bien puede ser afectado de manera negativo con los impuestos, y de manera especial con el nivel de gastos públicos aprobados a través del presupuesto nacional.

Como puede el Senador tocar suelo, territorio, en el marco de sus tareas y funciones, al margen del reparto en dadivas vergonzantes entre los rostros envejecidos de pobrezas?

El  Senador bien puede en tanto debe reunir a los sectores productivos de la provincia, y sobre todo a las entidades entramadas a las cadenas de valor del territorio para saber y conocer el grado en que las finanzas publicas afecta el costo de los factores que intervienen en la producción de los bienes y servicios que factura el territorio.

Por otro lado compete al Senador cualificar y/o cuantificar el aporte que hace la provincia al PIB a la vez que debe exigir que, por lo menos  un % de esos recursos sean invertidos en el territorio en el contexto del sistema de inversión pública del gobierno, y de manera especial, previo estudio sugerido por él, conocer y priorizar las obras, pequeñas, y medianas, que han de contribuir a colocar el territorio en la ruta hacia el estadio del desarrollo integral de la provincia.

De igual manera, y en conexión con los ministerios, sectoriales, contribuir a mejorar la capacidad  institucional del territorio a través de promover la firma de acuerdo de trabajo entre estos y las entidades entramadas a las cadenas de valor.

Por otro lado una vez conocidos los principales obstáculos que presenta el mercado respecto al tránsito hacia el estadio del desarrollo, en el territorio, debe sugerir o convocar a las fuerzas vivas de la provincia para encarar los desafíos a superar de manera colectiva.

En la actual coyuntura cuáles son los principales problemas a superar por la provincia de Hato Mayor?

El principal problema a superar, transversal, y que afecta a todos por igual es la falta de titulación de las tierras del Estado; las asignadas a la reforma agraria, las tierras del Consejo Estatal del Azúcar y que ocupan cientos de pequeños, medianos y grandes productores, las tierras comuneras y las tierras pertenecientes a la municipalidad.

Y que puede hacer el Senador respecto a la titulación de la tierra? Convocar  a todos los actores institucionales, alcaldías, y sectores productivos afectados. Crear una Mesa Técnica Territorial para un diagnostico y en coordinación con la filial de abogados crear el Consejo Jurídico para iniciar, en calidad de plan piloto, el proceso de titulación con los actores más vulnerables: los parceleros de la reforma agraria, los péquenos propietarios, la tierra comunera y los Distritos Municipales.

No es posible avanzar hacia el estadio del desarrollo si la propiedad, la tierra en este caso, carece de título definitivo.

En ese contexto el Consejo Regional de Desarrollo Territorial de la Macro Región Higüey  trabaja, de manera especial, el tema de la titulación de la tierra. En estos momentos se ejecuta el Plan Piloto de Titulación de las tierras en los Distritos Municipales de La Gina, municipio de Miches, y Pedro Sánchez, de la provincia del Seibo.

En la provincia de Hato Mayor se trabaja en el Distrito Municipal Las Cañitas, en la provincia la Altagracia, en la Otra Banda, comunidad de Anamuyita, y en Rio Verde, Yamasá, provincia de Monte Plata. Una comisión de alto nivel, de abogados, designada por el Consejo Regional de Desarrollo Territorial,  lidera el referido Plan Piloto de la titulación de las tierras.

La responsabilidad del Senador no deja de estar presente en la temática que afecta a los actores institucionales entramados a las cadenas de valor del territorio.

Sobre todo el país tiene un conjunto de leyes de aplicación a media tinta que tiene que ve con el desarrollo territorial y no se conoce iniciativa alguna de parte del senador a la finalidad de auditar los niveles de cumplimientos en tanto evaluar el impacto en cada caso.

Veamos.

Las distorsiones en la aplicación de la Ley No. 5879 sobre Reforma Agraria, y sus modificaciones, es una de las principales causas del estado de atraso de la zona rural y del sector agropecuario. Dicho atraso ha contribuido en gran medida al éxodo masivo del hombre rural hacia el estadio urbano. Las cifras no mienten. En la década del 1960 la población rural era de un 79% y la urbana de un 30%. Hoy cuarentas anos después las cifras se han invertidos. La población rural no supera el 30%  en tanto la población urbana sobrepasa el 70%. En Sabana de la Mar, para poner los datos en contexto, conforme a los datos suministrados por la Oficina Nacional de Estadísticas, la población urbana sobre pasa el 91%. 

Lo grave del caso es que este fenómeno, tan acentuado, de migración del campo a la ciudad no se debe a plan alguno de desarrollo tipo urbano que haya provocado una demanda de manos obras o que la población rural haya decidido ir tras el desarrollo.

En modo alguno donde (¿?) ha estado el Senador para estudiar este y otros fenómenos.
Y que de la Ley 1- 12 , de enero del 2012,  orgánica de la estrategia nacional de desarrollo de aplicación a media tinta?

Lo mismo podemos decir de la Ley No. 496-06 que crea la Secretaria de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo, de la Ley 498- 06 que crea el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública?

Que del Fondo de Cohesión Territorial, a favor de la municipalidad, creado mediante la Ley Orgánica de la Estrategia Nacional de Desarrollo, y que el Senado no ha querido aportar los fondos?

El o los responsables del atraso como nación, del territorio, no está muy lejos de nosotros, y cualquier parecido con el Senador es pura coincidencia.

Continuaremos, con las funciones y tareas del Senador.



Miguel Angel Severino Rodríguez 

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