sábado, 4 de abril de 2015

Otro Presidente y seguimos peor..


Este es el primero de una serie de artículos respecto a la problemática del país, desde sus orígenes, sin que hasta ahora el pueblo haya sido resarcido..


Otro Presidente y seguimos peor..

Desde el 1844 al otoño del 2012 la nación dominicana ha tenido 55 presidentes, sin contar el que dirige los ‘’destinos nacionales’’.

Y  la pregunta parece del cielo venir de las alas en otoño.

Para qué necesita la nación, el pueblo, dominicano, un, otro, Presidente?
Veamos..

Un Estado lo comportan tres elementos a saber: un territorio, un pueblo y la soberanía.  Ahora bien, cual es la situación de dos de sus tres elementos constitutivos?

Que del territorio, si por el andamos, del Estado dominicano? Pues, está integrado por más de 48 mil kilómetros cuadrados de tierras, y como si se hubiera multiplicado cual los peces tenemos en títulos, falsos, más de 112 mil kilómetros cuadrados de tierras.

De todos los problemas, del Estado, la falta de titulación de las tierras constituye el más viejo, envejecido, mal y que, primero, desde el primer Presidente de la Patria de Duarte. Desde el 1844 esta problemática nos persigue como reto extraviado en la memoria del olvido. Desde los albores de la nación, y de la Patria las tierras, rural y urbana, no han podido superar su estadio extra legal.

La falta de titulación de las tierras no solo afecta al territorio, por igual afecta al Estado, y en especial ha sido lastre a superar por la población victima de tan fatal destino. Para el 1960 la población rural oscilaba entre un 70% y 80%. Sin embargo, 55 años después en algunos casos en Sabana de la Mar, para citar un ejemplo, la población rural no supera el 9%.

La tierra es el recurso más abundante, disponible y abundante del mercado primario productivo. La falta de titulación la deja fuera del producto interno bruto, y del mercado financiero, tan valioso recurso a la vez que contribuye a su devaluación.

Por otra parte, el mercado inmobiliario no ha podido alcanzar un pleno desarrollo, pues la situación de extra legalidad de las tierras rural y urbano no podido ser superada.

Con el nacimiento de la República, en el año 1844, surge, en el contexto  del derecho de la época, el primer Sistema Registral, el cual expira en el 1890. Este sistema no pudo superar ni garantizar formalidad alguna en materia de registro de titulo. Desde sus orígenes este sistema tuvo a bien ser testigo de frecuentes contestaciones judiciales por error unos y por omisión otros. La mala fe en aquella época no fue tan evidente. Comprobar la legítima del propietario de la época nos persigue aun.
Con la Ley No. 2914, sobre Registro y Conservaduría de Hipotecas, del 21 de junio del 1890, que instituye el Sistema Ministerial, francés, los problemas continúan, puesto que esta ley, contrario al carácter obligatorio en su país de origen, Francia, aquí se erige en calidad de norma facultativa. La función del Conservador apenas fue la de transcribir actos y percibir los títulos establecidos por la ley.
En el 1890 el sistema solo declaraba derechos que a su vez eran transcritos. Este sistema caricia por completo un sistema de referencias cruzadas para verificar cualquier situación que pudieran afectar a los títulos registrados o las transferencias.
No contar con una delimitación catastral de los inmuebles es el principal hallazgo, negativo, dimensiona, desde el siglo xix, la problemática de la falta de titulación de las tierras.
Más tarde en el otoño del 1911 se promulga la Ley sobre División de Terrenos Comuneros con una firme y clara finalidad de eliminar la copropiedad dada en las tierras comuneras en todo el país.
Este instrumento jurídico no pudo dar al traste con la problemática dada la existencia de bandas de falsificadores en torno a las inscripciones en los libros del Registro y Conservaduría de Hipotecas, cuyo fin era el de despojar de sus derechos a los propietarios reales.
La presencia de los norteamericanos, del 1916 al 1924, interesados en favorecer y proteger grandes inversiones inmobiliarias (centrales azucareras), desde finales del siglo xix, influye en la redacción, aprobación y promulgación de la Orden Ejecutiva No. 511, la cual instituye el Sistema Torrens como nuevo esfuerzo, sistémico de carácter jurídico, con miras a encarar la problemática de la inseguridad jurídica respecto a  la titulación de las tierras: un problema histórico.
La magnitud del problema se aprecia, de manera notoria, en la exposición de motivos de la referida Ordenanza la cual estable ‘’Por cuanto: es notorio el hecho de que muchos títulos de terrenos en Santo Domingo son tan confusos y dudosos que impiden el fomento de la riqueza del país, se prestan al fraude y al chantaje en gran escala, y dan origen a que los verdaderos dueños se vean despojados de sus tierras, lo cual da lugar a desordenes y alteraciones de la paz y a que se pierda la confianza en el gobierno; Por cuanto: este estado de cosas se ha dado a conocer anteriormente, en varias proclamas, decretos leyes; pero han resultado infructuosas y de poca o ninguna utilidad cuantos esfuerzos se han hecho, por medio de las leyes, y de otros modos, con el fin de remediar el mal; Por cuanto: para remediar este estado de cosas, establecer la confianza en los derechos de propiedad, y devolver la tranquilidad al país, es necesaria una medida enérgica que determine los verdaderos derechos de propiedad de las tierras y obligue a su registro según un método científico; Por cuanto: los tribunales existentes están sobre cargados de trabajo, con asuntos criminales y civiles, y se hace sentir la necesidad de un tribunal especial que se ocupe exclusivamente en solucionar el problema de los títulos de propiedad a fin que se resuelva de un modo satisfactorio.’’
Más tarde, en el 1947, mediante la Ley 1542 de Registro de Tierras viene a dotar al país de un marco normativo interesado en dar respuestas a un problema pendiente de soluciones desde el inicio de la República.
No fue posible lograr el fin propuesto, con el nuevo Sistema de Registro de Tierras y en pleno siglo xxi en fecha 23 de marzo del 2005 se moderniza el sistema con nuevos instrumentos y herramientas. La problemática de la falta de titulación de las tierras sigue intacta, pues hoy hay más de 112 mil kilómetros cuadrados de tierras en tirulos, falsos.
Hemos tenido 56 Presidentes de la Republica y un mal tan ancestral sigue, al igual que ayer, vigente y sin lograr resultados fiables y definitivos.
Este problema,  el de la falta de titulación de las tierras, afecta por igual a la población, al mercado productivo, a los agentes productivos (la empresa, la familia y el Estado mismo), a los recursos productivos, a las finanzas públicas, a la generación de riquezas, a los ingresos y arbitrios municipales, y a los ingresos públicos, y sobre todo al mercado inmobiliario y de la construcción entre otros.
Este problema nos habla muy bien, a la vez que nos permite concluir, de la poca relevancia o provecho recibido por el Estado, y la sociedad, por el mero hecho de tener Presidentes, 56, sin que esta realidad haya podido siquiera paliar el problema, de la falta de titulación de las tierras, que nos define territorio y Estado.
Volvemos sobre el tema

Miguel Angel Severino 

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