sábado, 10 de noviembre de 2018

Del Régimen de Ciudadanía




Conversatorio
Régimen de Ciudadanía


Ponencia

Del Régimen de Ciudadanía

 “la diferencia entre un esclavo y un ciudadano es que el ciudadano puede preguntarse por su vida y cambiarla”. Alejandro Gándara, profesor de sociología de la Universidad Complutense de Madrid

Contexto

Con miras a lograr una mejor comprensión de las figuras del ciudadano, de la ciudadanía y del régimen de ciudadanía es pertinente situar y situarnos en un contexto, dado, que nos permita recrear e integrar la triada (ciudadano, ciudadanía y régimen de ciudadanía) como ejes transversales del sujeto, la persona, el pueblo, la población, la nación, nacionalidad, la Constitución, la República, la democracia, el Estado, sus estructuras, poderes, y el gobierno y sus instituciones, entre otros.

De igual manera, es relevante conocer las figuras, éticas jurídicas, con rango constitucional, de potestad (elegir, decidir y ser elegible) voluntad, competencia, facultad, derechos, iniciativas (popular, legislativa y municipal), peticiones a los poderes públicos, referendo (decidir sobre problemática relevante), el plebiscito, y denuncias ciudadanas, entre otras.

Entrando en materia nos colocamos en el primer eslabón del presente trabajo, régimen de ciudadanía, con el sujeto, objeto de nuestra investigación ciudadana.

Sujeto

Es quien realiza la acción, en tanto se le puede imputar derechos y obligaciones a través de la ley.

Persona

Es un ser, sujeto, jurídico, con capacidad y poder de raciocinio, conciencia sobre sí, mismo, e identidad, propia.

Ciudadano

Es el sujeto dotado de potestad constitucional (ética jurídica) para elegir, decidir, ser elegible, para participar y tener iniciativas administrativas, legislativas, jurídicas y municipales en las estructuras, tareas y funciones, poderes públicos del Estado, el gobierno y sus instituciones.
Pueblo

Es el conjunto de personas, ciudadanos, de un lugar, región o país.

Crisis de concepto pueblo

El concepto de pueblo vive, hoy, su peor crisis. Para la sociología su quiebra o bancarrota es una construcción del modelo de sistema de partido, político, y el desgaste de la democracia.

La sociedad del siglo xxi asiste a la peor crisis de la noción, concepto, de pueblo. La democracia corre idéntica suerte.

El descredito del populismo lo ha arruinado, todo.

Nos hace falta redescubrir la Ciudadanía.

La segunda causa de la crisis del concepto pueblo viene dada por la crisis de identidad, corporativa, renuncia al sentido de pertenencia y al reclamo de lo personal provocado por la deuda, social, institucional y del estadio del desarrollo, contraída desde y por Estado, gobierno, los partidos y políticos desde el Poder.

Una tercera, causa, de la crisis del concepto pueblo se incuba en la creciente postura individualista desde la praxis de la casta partidaria. Allí se desarrolla la exclusión salvaje como política construida al amparo del poder de la mayoría.

Una cuarta razón de la crisis del concepto pueblo la determina la migración negativa y el flujo contante migratorio que atentan contra la identidad territorial, pueblo.

Población

Es el conjunto de individuos establecidos en un territorio determinado, sin importar cual sea su grado de organización y la naturaleza de las relaciones existentes.

Nación

Es una comunidad, humana, con cierta identidad cultural (lengua, religión) y física (tipología) done se incuba, nace, crece y se desarrolla la ciudadanía, la sociedad, el Estado y sus instituciones.

Nacionalidad

Es el atributo jurídico que relaciona a una persona en tanto pertenece a un pueblo erigido en un Estado.



República

La república es una construcción de la antigua Roma. Una forma de organizar el poder público, político. Cicerón es quien, por vez primera, la idealiza. La republica es concebida, en principio, como el pueblo organizado.

En Rosseau la república es el Estado regido por leyes, cualquiera que sea su forma de administración, en virtud de que se trata del interés público, quien gobierna, y del ser público en tanto se erige identidad política.

Y, es en la Francia revolucionaria que surge el principio ético del ejercicio del poder de y en la república, aporte de Robespierre.

Hoy, día, la república, es un sistema político donde el ciudadano delega, transfiere, otorga, de su potestad, voluntad, facultad y competencia de manera periódica a las autoridades electas a cambio de miseria, pobreza, corrupción e impunidad y subdesarrollo.

Democracia

En la construcción de la democracia, como sistema, intervienen dos conceptos a saber: pueblo y poder.

El primero, pueblo, está en crisis permanente, y la pobre institucionalidad subrogada por una excesiva dosis del poder mayoría lograda, en despojo de todo compromiso ético jurídico, por el poder de una mayoría impuesta desde el seno de la democracia.

El segundo elemento, el poder, revestido del concepto de mayoría, ha devenido en asaltar y desdibujar la democracia en detrimento del estadio del desarrollo territorial del mercado, los recursos y agentes productivos (familias y empresas), los ciudadanos y la ciudadanía en sentido general.

La mayoría puede ejercer la función de poder. Sin embargo, ello no significa que sea democrático su ejercicio.

Solo hay democracia cuando la ciudadanía participa, dirige, decide y ejerce el Poder. Sin el poder decisorio, y, desde esta praxis, no es un ejercicio o función democrática nuestra realidad política.

Carece de pertinencia ética jurídica relevar la democracia por el concepto de poder de la mayoría. La sociología, presente, no ha podido desarrollar un modelo decisional que releve el miedo al poder de la mayoría, y al poder ciudadano.

La democracia es un sistema de ciudadanía activa entramado al Estado, al gobierno y a la sus instituciones en las cuales el ciudadano es el sujeto activo y protagonista del sistema decisional constitucional.


El Poder es una construcción ciudadana.

En teoría política la democracia es un sistema, político, que define y pauta la soberanía del pueblo, y el derecho, de este, a elegir y controlar a sus gobernantes. Desde la construcción ciudadana del Poder y la inserción de la ciudadanía activa tras el ejercicio de los poderes públicos se garantiza la ruptura de la tradición democrática representativa y excluyente.

Democracia es el sistema ético jurídico de participación y decisión ciudadana, política, y administrativa.

Derecho

Es el conjunto de normas éticas jurídicas (constitución, leyes, reglamentos, etc.) de carácter obligatorio creadas por el Estado.

El derecho erige y comporta el Estado.

Poder

Es el sistema de potestad, competencia, voluntad y autoridad ético jurídico, político, técnico y administrativo

Es la potestad, competencia, voluntad y autoridad que erige el derecho en el marco de un sistema de relaciones interinstitucionales.

Es un sistema ético jurídico de jerarquía política, y administrativa.

El poder es la potestad, facultad, ética jurídica que tiene por objeto direccionar el rumbo, e incorporar a la ciudadanía a la toma decisional de, y en, las estructuras del Estado, el gobierno y sus instituciones.
La democracia y el sistema de república no han podido diseñar un modelo de poder, ciudadano, perfectible y prospectivo, y revocatorio en sinergia, continua, ética jurídica y administrativa, recursiva.

Por último, en el marco de la reforma del Estado postguerra se requiere revisar la teoría de la división del trabajo, separación e interdependencia de los poderes y la propia estructuración de las funciones, tareas, poderes del Estado en el contexto de los cambios y complejidad experimentados por la ciencia, la tecnología, el sector privado y el propio sector público y los objetivos modernos del estadio del desarrollo territorial.

Constitución

Es norma jurídica, superior, que tiene por objeto erigir el Estado (estructura, poderes, funciones, tareas), el gobierno, sus instituciones y los objetivos del estadio del desarrollo.


Estado

Es un sujeto jurídico integrado por un territorio, ciudadanos y un gobierno.

La estructura, funciones, poderes del Estado nación de la Europa del siglo xvii, xviii y xix, direccionada desde las revoluciones de las colonias, norteamericana, y del pueblo francés requiere ser reformulada a la luz de los cambios experimentados por el mercado (sector privado, recursos y agentes productivos), la ciencia y la tecnología y los objetivos que cumple el Estado moderno.

Si bien es cierto que el poder de la mayoría desdibuja la democracia, no es menos cierto que mantener la triada, estructura, funciones, poderes del Estado, nación, garantiza la eficacia del principio de contrapeso que ello suponía. Hoy, el desgaste de la democracia, la disfuncionalidad del poder de la mayoría, y la subrogación de los poderes legislativo y judicial de parte del poder ejecutivo nos obligan a concluir la necesidad urgente de ir tras un nuevo modelo de estructura, funciones, poderes del Estado con miras a garantizar una real separación e interdependencia de los poderes del Estado.

En adición a los clásicos poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) desde mediado de la década de los ochentas hemos incorporado el Poder Contralor, el Poder Municipal, el Poder Electoral y el Poder Ciudadano.

Gobierno

Es el conjunto de instituciones, estructuras administrativas y autoridades que ejercen las diversas actividades estatales, denominadas comúnmente poderes, funciones del Estado.

El gobierno, urbano, esta y ha sido diseñado para la concentración del poder en una minoría, el Ejecutivo. El régimen de ciudadanía debe contemplar territorializar el Estado, el gobierno, los ministerios y las instituciones de carácter nacional, la planificación y el presupuesto público.

Régimen

Es el conjunto de norma que rige una actividad.

Es el conjunto de reglas, normas que regulan el funcionamiento de un gobierno o institución y sus interacciones con la sociedad.

Ciudadanía

Es el sistema de derechos y deberes, potestad, e iniciativas jurídicas, políticas, técnicas, administrativas y financieras inherentes al ciudadano en el marco de un Estado, sus estructuras poderes, funciones, el gobierno y sus instituciones.

Régimen de Ciudadanía

Es el conjunto de normas, éticas y jurídicas, que rige el sistema ciudadano de un Estado.

Título
Del Régimen de Ciudadanía

Nacionalidad
Ciudadanía
Extranjería
Soberanía Ciudadana
Poder Ciudadano
Poder Revocatorio
Sistema Decisional Ciudadano

Conclusiones

La Constitución política dominicana carece de: y el ordenamiento jurídico carecen de:

a)     Régimen de Ciudadanía
b)     Régimen Territorial
c)     Régimen de Gobierno (nacional y local)
d)     Régimen Ministerial Territorial
e)     Régimen de Presupuesto Territorial
f)      Dar rango constitucional a los Poderes Municipal, Contralor, Ciudadano y Electoral

De igual manera el ordenamiento jurídico carece de:

a)     Ley Del Régimen de Ciudadanía
b)     Ley Del Régimen Territorial
c)     Ley Del Régimen de Gobierno (nacional y local)
d)     Ley Del Régimen de Presupuesto Territorial
e)      Ley de Iniciativas Legislativas Ciudadanas
f)     Ley de Iniciativas Municipales

Propuestas

En sentido general la doctrina, la ciencia, la filosofía, y la academia han creado, históricamente, un conjunto de reformas y propuestas éticas, jurídicas, políticas, institucionales, y administrativas, sin embargo, las mismas no han sido rentables, eficaces y eficientes desde la praxis.


Con miras a superar el estadio del subdesarrollo y los obstáculos operativos del Estado, de sus tareas, funciones, y poderes, y del gobierno y sus instituciones se requiere del diseño de mecanismos, herramientas, administrativas para el ejercicio eficaz de la democracia y la ciudadanía activa.

El derecho, el poder y la mayoría democrática no podido dar rentabilidad, eficacia, y eficiencia a la democracia, a la república, al Estado, y al gobierno y sus instituciones. Los altos niveles de pobrezas, miseria y el déficit crónico de agentes productivos (familias y empresas) dan rigor, testimonio, académico a nuestras premisas, hipótesis, respecto a la imposibilidad de ir tras el estadio del desarrollo al margen del mercado, sobre todo en un Estado, gobierno, donde el ciudadano solo ejerce el sufragio en virtud de que el ordenamiento, entramado, jurídico lo deja fuera de la toma decisional del Estado, el gobierno y sus instituciones.

Recomendaciones

Con miras a sistematizar la ciudadanía activa el Conversatorio Régimen de Ciudadanía recomienda, entre otras iniciativas, las siguientes:

Reforma Constitucional

En el marco de la reforma del Estado aprobar:

a)         Régimen de Ciudadanía
b)         Régimen Territorial
c)         Régimen de Gobierno (nacional y local)
d)         Régimen Ministerial Territorial
e)         Régimen de Presupuesto Territorial
f)          Dar rango constitucional a los Poderes Municipal, Contralor, Ciudadano y Electoral
g)         Crear el Congreso Territorial
h)         Crear la Alcaldía Territorial

Reforma ordenamiento jurídico

Con miras a dotar a la nación de una ciudadanía activa se sugiere aprobar:

a)         Ley Del Régimen de Ciudadanía
b)         Ley Del Régimen Territorial
c)         Ley Del Régimen de Gobierno (nacional y local)
d)         Ley Del Régimen Territorial
e)         Ley Del Régimen de Presupuesto Territorial
f)         Ley de Iniciativas Legislativas Ciudadanas
g)         Ley de Iniciativas Municipales


Reformas administrativas

Con miras a socializar el conjunto de iniciativas y propuestas ciudadanas organizar por provincia el Congreso Territorial y la Alcaldía Territorial para diseñar y redactar, desde la ciudadanía activa, el conjunto de iniciativas legislativas, municipales y presentar propuestas, proyectos y peticiones a los poderes públicos.



Miguel Angel Severino
Coordinador
Escuela Centro de Pensamiento Filosófico

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