lunes, 4 de enero de 2016

Regla de Oro de la Alianza



Fortaleza de las Candidaturas

Las Candidaturas, en el marco de la Alianza Programática PRM/PRSC, han de ser definida a partir de  la Regla de Oro de las Fortalezas de las candidaturas a nivel Municipal, y Legislativo.

Esto implica que donde una Candidatura, del PRSC, sea fuerte, ha de recibir el respaldo de la otra parte, PRM. Lo mismo aplica para cuando una candidatura, PRM, sea fuerte, ha de  recibir el respaldo de la otra parte, PRSC.

Ahora bien en aquellos casos donde varias Candidaturas de una de las partes, sean fuerte, debe primar la Regla de Oro, y/o una combinación que no afecte la fortaleza de la Boleta Presidencial, en el Territorio, y sobre todo que garantice la integración de las partes sin riesgo, mayor o menor, a la disidencia mezquina.

Por otro lado la Regla de Oro de la Fortaleza de las Candidaturas ha de observar una que otras excepciones en especial cuando exista un problema de índole moral que afecte a quien encarna la Candidatura. Esta condición moral bien puede afectar a la Boleta Presidencial, Municipal y Legislativa en todo caso cuando se trata de una Alianza Programática, moderna, con el sello del cambio moral ciudadano dado por la población, y toda la ciudadanía que añora ver en el solio presidencial a una Casta Moral dirigiendo los destinos nacionales con pudor y transparencia a toda prueba.

Sirva la Regla de Oro de las Fortalezas, en calidad de norma, y principio por y para el bien de la Nación, que hoy más que ayer tiene sed y hambre de Pudor y de Moral pública, ciudadana desde el Poder, mismo.


Hato Mayor merece su mejor Regalo, Severino Senador 

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