domingo, 28 de octubre de 2018

Constitución, desde la simplicidad teórica..





¿Qué es la Constitución?

A modo de simplicidad teoría vamos a pensar la Constitución y compartir varias definiciones, si vale el término.

Es el acta jurídica que erige el Estado.

Es el acta jurídica (ciudadana), del poder constituyente, que erige el Estado.

Es el acta jurídica que tiene por objeto erigir, organizar y regular el Estado.

El Estado

Ahora definida la Constitución nos compete conocer su objeto, el sujeto, de estudio el Estado.

¿Qué, y quién es el Estado?

Es un sujeto jurídico integrado por un territorio, por ciudadanos, y un gobierno.

Característica del Estado

Régimen del Estado

La estructura, funciones, poderes integran el régimen del Estado. La teoría de la división, separación, del trabajo y la interdependencia direccionan las funciones, poderes del Estado, el gobierno y sus instituciones.

En sentido general erigir el Estado es un mandato que reciben los ciudadanos del pueblo, la nación, y toda la población.

Estructura del Estado

La estructura, funciones, poderes del Estado viene dada, consagrada, por el principio, teoría, de contrapeso del gobierno en procura que el ejecutivo, el poder judicial y el congreso asuman la tarea, en sinergia, corporativa de la conducción de la agenda nacional del desarrollo territorial..

El modelo, triada, tradicional, de poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial, hasta ahora han sido disfuncional, y sobre todo de poca rentabilidad ética jurídica, ciudadana. En tal sentido se sugiere trabajar un nuevo modelo, estructura, poderes del Estado, ciudadano.


Estructura del Estado ciudadano

Como a evolucionar del Estado nación hacia el Estado ciudadano presentamos la siguiente estructura:

Poder Ciudadano
Poder Electoral
Poder Ejecutivo
Poder Judicial
Poder Legislativo
Poder Municipal

El territorio, del Estado

El territorio caracteriza y dimensiona la historia, la cultura, la geografía, la antropología. En el tienen asiento los recursos, y riquezas, naturales, el clima, la persona, el ciudadano, el pueblo y la nación.

Régimen territorial

El territorio, sus características, y accidentes topográficos, la cultura y la población y los recursos naturales orientan el régimen territorial, regiones, provincias y municipios. Cuantas regiones, provincias y municipios, ¿secciones y parajes deben integrar el régimen territorial?

La Constitución ha de reservar un título y varios capítulos y secciones a la finalidad de establecer, instituir, el régimen territorial del Estado.

Régimen de ciudadanía

Las personas, el pueblo, la población y los ciudadanos, la nacionalidad, la extranjería, el poder ciudadano, y el sistema decisional constitucional ciudadano caracterizan y definen el régimen de ciudadanía.

La asamblea, territorial, convocada para tales fines, por la autoridad, e integrada por ciudadanos, en representación del territorio (conforme al régimen territorial), erigen el Estado..

La Constitución ha de reservar un título y varios capítulos y secciones a la finalidad de establecer, instituir, el régimen de ciudadanía del Estado.

Misión de la Constitución

La Constitución, procura, en primer término, erigir el Estado, y, en tanto, establecer el régimen territorial, el régimen de ciudadanía, la estructura poderes (del Estado), el gobierno y sus instituciones, y los objetivos del estadio del desarrollo territorial en sentido general.

En tal sentido, por igual, compete a la Constitución estructurar su contenido conforme a la dimensión del objeto de estudio, el Estado, y cada uno de los ejes transversales que lo definen e integran, el territorio, los ciudadanos y el gobierno y los objetivos modernos, el estadio del desarrollo territorial del mercado, los recursos y los agentes productivos (familias y empresas, las cadenas de valor agregado, las instituciones públicas y privadas).

En una próxima entrega vamos a presentar el modelo, contenido, estructura de la Constitución Ciudadana.

Miguel Angel Severino

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