La soberanía es la voluntad (el derecho)
inherente al ciudadano para erigir y elegir el sistema político (la Republica),
el modelo de Estado y a sus gobernantes, votar la constitución, las leyes, y garantizar la salvaguarda de su
territorio, a la vez que procurar la sana convivencia social, política, y
patrimonial en una sociedad dada. La soberanía nacional y la soberanía popular
derivan, de manera directa, del concepto y la teoría de la soberanía y el poder
ciudadano a la que se deben ambas.
De igual manera la soberanía ciudadana es la que
crea y erige el derecho, la norma, y, sobre todo, el poder político. Desde esta perspectiva constituye el poder
primario (absoluto, perpetuo, continuo) sistémico e institucional en el cual se
sustenta, recrea y reproduce a la soberanía popular, y la soberanía nacional, y
a la propia República. Visto así la República es un acto de poder, soberano,
ciudadano, en quien descansa el poder político absoluto y perpetuo.
Históricamente no es ni ha sido de esta manera
singular en que los tratadistas, teóricos, filósofos y doctrinarios han visto y
definido a la soberanía desde la perspectiva ciudadana. Pues, la doctrina había
dejado fuera al ciudadano del principio de la soberanía quedando centrada,
ésta, en lo nacional y el pueblo.
El pueblo, la nación, el Estado y la República
heredan son depositario del poder y la soberanía ciudadana. Visto así el
pueblo, la nación, el gobierno, el Estado y la República son súbditos del ciudadano
de quien reciben el mandato de actuar en y a su
nombre en el contexto de la doctrina y la teoría de la soberanía y el
poder ciudadano presente.
En el contexto del principio y el Poder
ciudadano el soberano lo es el propio ciudadano y no la colectividad, nación,
el Estado, el gobierno o el pueblo. Este nuevo enfoque nos coloca de cara al
presupuesto teórico que da origen a la República ciudadana, al Estado
ciudadano, al gobierno ciudadano y al pueblo ciudadano, y, sobre todo, al Poder
ciudadano, y a las políticas públicas ciudadanas.
Es el ciudadano, soberano, es quien que otorga y
da origen en tanto crea y erige el poder, y, en este caso, no un poder
enajenado, como en Jean-Jacques Rousseau, sino un poder designatario y, sobre todo, sin pretensiones delegatarias. La voluntad, del ciudadano,
evoluciona hacia el estadio, Ser, de la
autoridad en virtud de que la crea, la encarna y la ejerce de manera soberana.
Esta visión, voluntad, del poder, ciudadana coloca al ciudadano y a la propia
ciudadanía no solo en el centro, sino
más bien lo convierte en la función matriz, el órgano, la facultad y la función
estado del estadio primario del poder del Estado, al configurar la voluntad
enhiesta que designa a los actores, el funcionariado burocrático, cada uno de
los órganos rectores de la vida institucional de la Republica, el Estado y del propio
gobierno.
Desde
este umbral epistemológico las elecciones nacionales, provinciales y
municipales pasan a constituirse en asambleas del Poder ciudadano donde, a
través del Voto, son designados, de manera directa, el funcionariado responsable de la conducción de
la cosa pública conforme lo consagra la propia estructura, funciones, órganos,
poderes del Estado a designar mediante el voto, Poder, ciudadano.
La
soberanía radica en el ciudadano, y no en la nación ni en el pueblo conforme lo
predicaron, ayer,
Jean-Jacques Rousseau y Emmanuel-Joseph
Sieyès, entre otros. Este
salto dialectico permite ir de lo general, de lo abstracto, a lo particular,
pues en la soberanía nacional y popular todo queda en manos de todos y nadie
asume ni el todo ni las partes. Los abusos de poder, del olvido, de la
indiferencia y de la dejadez en nombre del Estado, en el contexto de la
soberanía nacional y popular, han colocado a la pobreza, a la miseria, como
bandera y escudo de una sociedad digna de mejor suerte.
La soberanía es la facultad, voluntad, y el
derecho del ciudadano a poseer, ejercer y retener el poder, la voluntad y la toma
decisional en la construcción del estadio del desarrollo territorial abierto,
participativo e incluyente.
En modo alguno el concepto de soberanía,
ciudadana, obvia enajenar el poder, ciudadano, ya sea a través del entramado
burocrático del modelo democrático, político electoral, regresivo y
reduccionista, o bien sea por voluntad propia. La doctrina severiana supera la perspectiva
nacional y popular de la soberanía de los pensadores de la ilustración, y justo
en el marco de la democracia triangulada adquiere, ella, la dimensión ciudadana
ausente en el devenir histórico del sistema de la Republica, en el Estado, el
gobierno y el modelo partidario democrático que erige de manera holística. Territorio,
ciudadano, poder, soberanía, republica, Estado, nación, pueblo, democracia,
partido, familia, empresa, desarrollo territorial, riqueza, ingresos, divisas y
empleos productivos constituyen, entre otros, los ejes primarios y transversales
del estadio institucional del desarrollo que reclama la sociedad del siglo xxi
y el porvenir, y que documenta y sustenta la democracia triangulada.
Si bien es cierto que la soberanía popular fue
acuñada frente a la tesis de la soberanía
nacional, no es menos cierto que la soberanía ciudadana se erige, a partir de
la voluntad y la autoridad ciudadana, como respuesta al desgaste y a la
regresividad institucional experimentada por la soberanía nacional y la soberanía
popular en el devenir histórico, y sobre todo por carecer de valor agregado en
el contexto del estadio de desarrollo ciudadano. Para la democracia triangulada el soberano no
es el pueblo ni la nación, lo es el ciudadano rector y eje transversal del
sistema de la República, el Estado, el gobierno, la democracia y el modelo político
partidario.
Conforme a la tesis triangulada de la soberanía
ciudadana esta se yergue en tanto implica que la residencia legal, real y
efectiva del poder, la voluntad, y la soberanía del entramado social e
institucional radica a la vez que se ejercen en y por el ciudadano, de manera única
y exclusiva, por lo que no es dable enajenar, ni renunciar, vía el voto, a aquellos
valores y premisas que lo erigen poder, voluntad y soberano, ciudadano.
Desde esta perspectiva el poder ciudadano es
delegatario del sufragio, y viceversa, a la vez que lo encarna derecho, básico,
y condición, sine qua non, ciudadana, identitaria e igualitaria.
Ayer, no pudo la teoría rusoniana de la soberanía
popular o nacional lograr la libertad ciudadana respecto de la monarquía. Sin embargo
este presupuesto libertario (teórico, doctrinario e ideológico) es un objetivo
posible a la vez que lo encarna la teoría de la soberanía ciudadana en el marco
del Poder ciudadano eje rector y central del modelo de República y del Estado
del siglo xxi que aporta la democracia triangulada.
Y es que a la luz de la ilustración un pueblo
es una unidad histórica entramada a costumbres y hábitos que dan carácter y
vida a toda una sociedad donde los ciudadanos concursan para erigir el Estado
se hace necesario subrayar que el pueblo es un ente abstracto carente de voz y
voto, en términos individual, y por lo tanto es el Ciudadano actor, rector y
eje central del Poder revestido para erigir a la República, el Estado, y
escoger el Gobierno y sus integrantes.
Esta elección, a partir de la democracia
triangulada, no enajena ni delega el poder ciudadano soberano y supremo.
Miguel Angel Severino
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