El desarrollo de un país es cuestión de administración
Anónimo
Administración
La
administración es un factor, transversar, del estadio del desarrollo
territorial y desde esta perspectiva el desarrollo de una nación es cuestión de
buena gerencia, administración.
Es un proceso
de trabajo formativo integrado por las funciones de comunicación,
planificación, organización, dirección y control.
Misión
Erigir la
eficacia, la eficiencia, y la economicidad en los ejes transversales y valores agregados
más relevantes de la gestión administrativa.
Administrar
es controlar.
El Estado
Elementos que lo integran
El Estado lo
comportan tres elementos, a saber: territorio, población, poder público
(ciudadano).
Concepto de Estado
Es la persona
jurídica que organiza y erige el poder.
Origen del Estado
Las guerras
de finales del siglo xv impulsaron a Francia, Inglaterra y España a
constituirse en Estados. El Estado es una construcción tardía de los siglos xv,
xvi, xvii.
El Estado constitucional
Con John
Locke, Charles Louis de Secondat (señor de la Brède y barón de Montesquieu), Jean-Jacques Rousseau, Thomas Jefferson,
y Emmanuel-Joseph
Sieyès durante los siglos xvii, xviii y xix se dio inicio al Estado
constitucional. Ello dio origen a la división de los poderes y a los derechos
fundamentales.
El Estado es una de
las instituciones que menos ha evolucionado en el tiempo. Sin embargo, el
proceso de crecimiento y complejidad de la sociedad, la ciencia, la tecnología,
y el mercado le han impuesto objetivos modernos a cumplir en contraste con su
modelo y estructura que datan desde su origen.
La estructura
funciones, tareas, poderes del Estado ha resultado insuficiente e ineficaz para
lograr su misión: el estadio del desarrollo a partir del mercado, los recursos
y agentes productivos (familias y empresas) y las cadenas de valor agregado.
Esta problemática institucional corre en paralelo con el debilitamiento del
sistema democrático, y la opaca gestión e ineficaz de los partidos políticos, así
como la presión de los grupos de intereses, y de poder, en procura de ganar
ventajas al margen de toda ética pública.
Estructura, organización, del Estado
El
Estado lo comportan tres elementos, a saber: territorio, población, poder
público (ciudadano). Sin embargo, para facilitar el logro de la
misión, el estadio del desarrollo territorial, el poder constituyente ciudadano
dota al Estado de un conjunto de tareas, funciones, poderes, para facilitar la
gestión pública, gobierno.
El proceso de
cambio y complejidad experimentado por el mercado, los recursos y los agentes
productivos, las cadenas de valor agregado, el propio sector publico y los
múltiples objetivos que procura el Estado moderno requieren, a la luz del
proceso administrativo, y garantizar el uso por destino de los recursos, de un
nuevo modelo de estructura, funciones, poderes del Estado.
El aparato público,
sus instituciones, el presupuesto, los ingresos tributarios, el gasto, y el
conjunto de exenciones, exoneraciones, subsidios y erosiones fiscales han
crecido y hecho mas complejo, costoso y difícil una gestión, holística, eficaz,
eficiente, económica y transparente en sentido general.
La duplicidad de
organismos y funciones, y el clientelismo han erosionado y encarecido la
rentabilidad institucional. Para lograr superar revertir esta entropía
gerencial se requiere trabajar desde el proceso administrativo la función
contralora.
Función contralora
La función
contralora es una tarea, sistémica, transversal del proceso administrativo, la
cual tiene como misión lograr el uso por destino del erario, y reducir costos
en el marco de una gestión eficaz, eficiente y transparente.
La función
contralora en nuestro ordenamiento jurídico, burocrático, es difusa, costosa y
esta siendo ejercida con un conjunto de organizaciones, entidades, que le resta
eficacia, eficiencia, economicidad a la gestión publica a la vez que contribuye
al logro tardío de respuestas.
Cámara de Cuentas
La Cámara de
Cuentas de la Republica es uno de los dos órganos superiores de control con que
cuenta el Estado dominicano, único en el mundo. Esta entidad opera un tanto
relegada y externa al proceso de gestión de los poderes e instituciones
gubernamentales.
Su labor se
circunscribe a un experticio posterior al ejercicio fiscal de las instituciones
publicas en sentido general, y no se responde a un plan ni a los hallazgos,
debilidades, y puntos vulnerables identificados en el conjunto de sistemas y
subsistemas administrativos, técnicos y financieros.
La eficacia
operativa de la Cámara de Cuentas es tardía y precaria. Su costo operativo se
suma a la ineficiencia de su modelo.
Contraloría General de la Republica
La Contraloría
General de la Republica es responsable del sistema de control operativo, desde
el interior de las instituciones públicas, a través de los departamentos de
auditoría interna (propuesta desarrollada por nosotros para el programa de
gobierno del Dr. José Francisco Peña Gómez y asumido por la plataforma y puesta
en vigencia por el gobierno de Hipólito Mejía).
La labor contralora
de esta unidad es de simple rutina administrativa y carente, por demás, de
fuerza disciplinaria, administrativa, civil y penal para corregir las
distorsiones y desviaciones presupuestarias, justo a tiempo. Su falta de
iniciativa penal, civil y administrativa para castigar al cuentandante ha hecho
de la corrupción y la impunidad dos sistemas, entramados, de enriquecimiento
irregular en todos los estamentos de la administración pública.
Superintendencias
El Estado tiene
unas 16 superintendencias, y sumadas a la Cámara de Cuentas, a la Contraloría
General y a las unidades de auditoria y contraloría, de todo el sector público,
hacen de la función contralora un costo y un obstáculo administrativo y un
obstáculo para el estadio del desarrollo.
Poder Contralor
Con miras a lograr
una mayor eficaz y eficiente labor contralora garante del uso por destino del
erario y del logro de los objetivos del estadio del desarrollo territorial se
requiere dar rango constitucional y erigir el Poder Contralor.
El Poder Contralor
tendrá autonomía administrativa, técnica, jurídica y financiera y será la
entidad rectora y central del sistema de contraloría, evaluación, de y del proceso
administrativo, técnico, sistémico, tecnológico, legislativo, jurídico y decisional
del Estado y cada uno de sus órganos e instituciones (poderes del Estado).
El Poder Contralor
lo ejercerá, presidirá, el Contralor General.
Funciones
Entre las funciones
mas relevantes del Poder Contralor son las de garantizar el uso (eficaz,
eficiente, económico y transparente) por destino de los recursos públicos,
presupuestarios, financieros, crediticios, monetarios, recursos y agentes
productivos gubernamentales.
Estudiar y evaluar
la duplicidad de funciones de los entes y puestos públicos y sugerir e
implementar las reformas administrativas, técnicas y financieras para lograr la
racionalidad institucional.
Objeto de control
Son objeto de
control los recursos y agentes productivos del sector público, y de dominio del
Estado dominicano, los Poderes del Estado (Ciudadano, Ejecutivo, Judicial,
Legislativo, Municipal y Electoral) en el ámbito de la función contralora.
La función
contralora hará énfasis en el sistema tributario (de ingresos públicos) y
presupuestarios (gastos) de cada entidad del sector público.
El Poder Contralor
tendrá iniciativa judicial y legislativa, así como disciplinaria,
administrativa, civil y penal respecto al manejo de la cosa publica de parte de
los cuentandantes.
Elección del Contralor General
El Contralor
General, máximo ejecutivo del Poder Contralor, será electo por el Congreso de
una terna sometida por los gremios de la contaduría publica y las escuelas de
contabilidad de las Universidades del país. No podrá pertenecer a ninguna
organización política (movimiento, agrupación independiente o partido).
Deberá tener no
menor de 40 años de edad, y 15 años, contador publico autorizado, y
especialidad en derecho público (administrativo, comercial), en auditoria,
contraloría y sistema informático.
En adición a sus
funciones sólo podrá ejercer la catedra universitaria.
No puede pertenecer
(ser consultor o asesor) a ningún grupo empresarial o cadena de valor agregado.
Ser dominicano,
entre otras prerrogativas, y estar residiendo en el país por lo menos los
últimos veinte (20) años de manera ininterrumpida.
Solo podrá ser
despedido o suspendido por el Poder Ciudadano si llegara a incurrir en faltas
graves, previstas en la ley.
La Mesa Ciudadana
ha de convocar a un Conversatorio para conocer, discutir y ampliar la propuesta
de reforma del Estado del Poder Contralor.
El Poder Contralor
esta llamado a ahorrar al Estado mas de 1,000 mil millones de pesos durante los
primeros cuatro (4) años.
Miguel Angel Severino Rodríguez
Ex Presidente del
Colegio Dominicano de Contadores Publicos Autorizado, Inc., 1988 /89
El Poder es una construcción ciudadana
No hay comentarios:
Publicar un comentario