El Estado
La teoría
de la separación de poderes, o división de poderes, constituye el fundamento
doctrinal y filosófico que erige la facultad, órganos, estructura, ordenación y
distribución de las tareas y funciones del Estado moderno en el contexto del
sistema político de la República.
Esta
perspectiva define, por igual, las funciones, y poderes, entramado triangular,
del Estado; poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial, actores institucionales
del gobierno al más alto nivel. Esta configuración, sin evolucionar en el
tiempo, viene dada desde los orígenes del Estado moderno en la Inglaterra del
siglo xvii a la vez que inspira a los forjadores de la independencia de los
Estados Unidos, siglo xviii.
El Poder Legislativo lo ejerce,
conforme lo establece la Constitución de la República, en nombre del pueblo el Congreso Nacional,
integrado, este, por el Senado de la República y la Cámara de Diputados.
El
Congreso Nacional
Conforme a la teoría política el
Congreso de la República cumple, entre otras, las siguientes funciones a saber:
I
Función Constituyente
Aquella
que tiene que ver con reformar la Constitución Política, a través de Actos
Legislativos.
II
Función Legislativa
Se encarga
de elaborar, interpretar, reformar y derogar las Leyes y Códigos en todos los
ramos de la Legislación. Crear los impuestos, tributos o contribuciones en
tanto determinar el modo de su recaudación e inversión.
III
Función de Control Político
Permite
requerir y emplazar a los Ministros y demás autoridades, y conocer de las
acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado. La moción de
censura y la moción de observación pueden ser algunas de las conclusiones de la
responsabilidad política.
IV
Función Judicial
Permite
juzgar, de manera excepcional, a los funcionarios del Estado por
responsabilidad política.
V
Función Electoral
Para
elegir los Magistrados de las altas Cortes, la Cámara de Cuentas, la JCE, el Defensor
del Pueblo, Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta.
VI
Función Administrativa
Esta
permite establecer la organización y funcionamiento del Congreso.
VII
Función de Control Público
Procura
emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rinda
declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las
indagaciones que la Comisión adelante.
VIII
Función de Protocolo
Y,
recibir a Jefes de Estado o de Gobiernos de otras Naciones.
En
sentido general compete al Estado la responsabilidad de crear un clima,
ambiente, en tanto modelar un sistema productico, costosiano, centrado en la
generación de riquezas, divisas, ingresos y empleos productivos.
Justo, en
este contexto entra a juego el Congreso para crear el marco jurídico para
definir, proteger, y regular la propiedad privada, el comercio, la banca, y cada uno de los
sectores productivos, así como el mercado interno y sus vínculos con el mercado
internacional.
Este marco jurídico del mercado, en sentido
amplio, permite al aparato productivo nacional; la agropecuaria, la industria, el
comercio, y los sectores entramados a la generación de bienes servicios, crear
las condiciones para generar riquezas, divisas, ingresos y empleos productivos.
Ahora bien
con miras a generar trabajo el mercado nos lleva a analiza dos premisas a
saber.
Primera premisa, teoría de la temporalidad.
El hombre
es temporal, por lo requiere satisfacer un conjunto de necesidades para una
vida de calidad. Estas necesidades bien son, entre otras no menos importantes,
la de comer, vestir, salud, educación, vivienda, procrear, y recreación.
Segunda premisa, teoría de la riqueza.
En el
contexto de la teoría y el modelo productivo costosiano riqueza es el conjunto de
bienes y servicios destinados a satisfacer
las necesidades humanas y sociales del hombre. Ahora bien, como satisfacer las necesidades
humanas y sociales del ciudadano?
Generando
riquezas, bienes y servicios.
Y quienes
generan riquezas, bienes y servicios? La empresa y el empleo productivo.
El Senador
En el
contexto del Congreso vamos a recrear las funciones y tareas, muy, propias del
Senador, tal vez dejadas en el olvido o desdibujadas por el desliz moral e
institucional de vida ciudadana, republicana, democrática, y política partidarista.
Conviene poner
en contexto, para los fines de ver al Senador en sus tareas y funciones, que el
objeto de la Republica, el Estado y el gobierno lo es en particular el
ciudadano y la misión de estos lo constituye el bienestar general del ciudadano.
Y generar bienestar en favor y para provecho del ciudadano?
Muy
simple. Veamos.
Rol de Senador
Si bien
es cierto que compete al Congreso crear las leyes que requiere y demanda el
estadio del desarrollo; no es menos cierto que es responsabilidad del senador
conocer, y estudiar, a fondo, la problemática que afecta o no a las entidades
entramadas a las cadenas de valor del territorio.
Una de las funciones que mas impacta
en el mercado la tiene el Senador y es la de establecer los impuestos, tributos
o contribuciones generales y determinar el modo de su recaudación e inversión. Esta
función es de vital importancia no solo para las finanzas públicas, sino que es
vital para influir y modelar el desarrollo. La política fiscal bien puede proteger
e influir de manera positiva en la industria, el aparato productivo, la banca
y todo el sector que integra el mercado
nacional y el mercado foráneo con el que nos vinculamos vía las cadenas de exportación
y la importación.
El capital de trabajo de las
empresas y todo el sector productivo bien puede ser afectado de manera negativo
con los impuestos, y de manera especial con el nivel de gastos públicos aprobados
a través del presupuesto nacional.
Como puede el Senador tocar suelo,
territorio, en el marco de sus tareas y funciones, al margen del reparto en
dadivas vergonzantes entre los rostros envejecidos de pobrezas?
El Senador bien puede en tanto debe reunir a los
sectores productivos de la provincia, y sobre todo a las entidades entramadas a
las cadenas de valor del territorio para saber y conocer el grado en que las
finanzas publicas afecta el costo de los factores que intervienen en la
producción de los bienes y servicios que factura el territorio.
Por otro lado compete al Senador
cualificar y/o cuantificar el aporte que hace la provincia al PIB a la vez que debe
exigir que, por lo menos un % de esos
recursos sean invertidos en el territorio en el contexto del sistema de
inversión pública del gobierno, y de manera especial, previo estudio sugerido
por él, conocer y priorizar las obras, pequeñas, y medianas, que han de
contribuir a colocar el territorio en la ruta hacia el estadio del desarrollo
integral de la provincia.
De igual manera, y en conexión con
los ministerios, sectoriales, contribuir a mejorar la capacidad institucional del territorio a través de
promover la firma de acuerdo de trabajo entre estos y las entidades entramadas
a las cadenas de valor.
Por otro lado una vez conocidos los
principales obstáculos que presenta el mercado respecto al tránsito hacia el
estadio del desarrollo, en el territorio, debe sugerir o convocar a las fuerzas
vivas de la provincia para encarar los desafíos a superar de manera colectiva.
En la actual coyuntura cuáles son
los principales problemas a superar por la provincia de Hato Mayor?
El principal problema a superar,
transversal, y que afecta a todos por igual es la falta de titulación de las
tierras del Estado; las asignadas a la reforma agraria, las tierras del Consejo
Estatal del Azúcar y que ocupan cientos de pequeños, medianos y grandes productores,
las tierras comuneras y las tierras pertenecientes a la municipalidad.
Y que puede hacer el Senador
respecto a la titulación de la tierra? Convocar
a todos los actores institucionales, alcaldías, y sectores productivos
afectados. Crear una Mesa Técnica Territorial para un diagnostico y en coordinación
con la filial de abogados crear el Consejo Jurídico para iniciar, en calidad de
plan piloto, el proceso de titulación con los actores más vulnerables: los
parceleros de la reforma agraria, los péquenos propietarios, la tierra comunera
y los Distritos Municipales.
No es posible avanzar hacia el
estadio del desarrollo si la propiedad, la tierra en este caso, carece de
título definitivo.
En ese contexto el Consejo Regional
de Desarrollo Territorial de la Macro Región Higüey trabaja, de manera especial, el tema de la
titulación de la tierra. En estos momentos se ejecuta el Plan Piloto de Titulación
de las tierras en los Distritos Municipales de La Gina, municipio de Miches, y
Pedro Sánchez, de la provincia del Seibo.
En la provincia de Hato Mayor se
trabaja en el Distrito Municipal Las Cañitas, en la provincia la Altagracia, en
la Otra Banda, comunidad de Anamuyita, y en Rio Verde, Yamasá, provincia de
Monte Plata. Una comisión de alto nivel, de abogados, designada por el Consejo
Regional de Desarrollo Territorial,
lidera el referido Plan Piloto de la titulación de las tierras.
La responsabilidad del Senador no
deja de estar presente en la temática que afecta a los actores institucionales
entramados a las cadenas de valor del territorio.
Sobre todo el país tiene un conjunto
de leyes de aplicación a media tinta que tiene que ve con el desarrollo territorial
y no se conoce iniciativa alguna de parte del senador a la finalidad de auditar
los niveles de cumplimientos en tanto evaluar el impacto en cada caso.
Veamos.
Las distorsiones en la aplicación de
la Ley No. 5879 sobre Reforma Agraria, y sus modificaciones, es
una de las principales causas del estado de atraso de la zona rural y del
sector agropecuario. Dicho atraso ha contribuido en gran medida al éxodo masivo
del hombre rural hacia el estadio urbano. Las cifras no mienten. En la década del
1960 la población rural era de un 79% y la urbana de un 30%. Hoy cuarentas anos
después las cifras se han invertidos. La población rural no supera el 30% en tanto la población urbana sobrepasa el
70%. En Sabana de la Mar, para poner los datos en contexto, conforme a los
datos suministrados por la Oficina Nacional de Estadísticas, la población urbana
sobre pasa el 91%.
Lo grave del caso es que este fenómeno,
tan acentuado, de migración del campo a la ciudad no se debe a plan alguno de
desarrollo tipo urbano que haya provocado una demanda de manos obras o que la población
rural haya decidido ir tras el desarrollo.
En modo alguno donde (¿?) ha estado
el Senador para estudiar este y otros fenómenos.
Y que de la Ley 1- 12 , de enero del
2012, orgánica de la estrategia nacional
de desarrollo de aplicación a media tinta?
Lo mismo podemos decir de la Ley No.
496-06 que crea la Secretaria de Estado de Economía, Planificación y
Desarrollo, de la Ley 498- 06 que crea el Sistema Nacional de Planificación e Inversión
Pública?
Que del Fondo de Cohesión
Territorial, a favor de la municipalidad, creado mediante la Ley Orgánica de la
Estrategia Nacional de Desarrollo, y que el Senado no ha querido aportar los
fondos?
El
o los responsables del atraso como nación, del territorio, no está muy lejos de
nosotros, y cualquier parecido con el Senador es pura coincidencia.
Continuaremos,
con las funciones y tareas del Senador.
Miguel
Angel Severino Rodríguez
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